A partir del 1 de enero de 2027, el sistema de salud mexicano implementará un nuevo modelo en el que la afiliación a una institución específica dejará de ser un requisito para recibir atención médica. El Gobierno Federal ha anunciado que los adultos mayores y las personas con discapacidad serán los primeros grupos convocados para
A partir del 1 de enero de 2027, el sistema de salud mexicano implementará un nuevo modelo en el que la afiliación a una institución específica dejará de ser un requisito para recibir atención médica. El Gobierno Federal ha anunciado que los adultos mayores y las personas con discapacidad serán los primeros grupos convocados para credencializarse en este esquema.
De acuerdo con cifras oficiales, cada mes se visita a cerca de 2.5 millones de personas en sus domicilios para incorporarlas al nuevo sistema. El subsecretario de Salud, Eduardo Clark, informó que el cambio más relevante será la atención universal de urgencias: cualquier persona que porte la credencial podrá acudir al hospital más cercano en caso de emergencia, sin importar si se trata de una clínica del IMSS, ISSSTE o IMSS-Bienestar, y permanecerá ahí hasta ser estabilizada. El argumento oficial es que esta medida busca reducir muertes por infarto y eventos cerebrovasculares, que figuran entre las principales causas de fallecimiento en el país.
Otro cambio anunciado es la portabilidad del historial clínico. Con el nuevo modelo, una persona diagnosticada en una institución podrá continuar su tratamiento en otra, sin necesidad de repetir estudios ni iniciar una nueva ruta diagnóstica. Esto pretende resolver un problema frecuente para quienes cambian de ciudad o empleo y ven interrumpida su atención médica.
El Gobierno de México, a través de las secretarías de Bienestar y Salud, dio a conocer el calendario oficial para el registro de la Credencial del Servicio Universal de Salud. El trámite se realizará de acuerdo con la letra inicial del primer apellido y estará vigente hasta el 14 de noviembre. El proceso se llevará a cabo durante la primera, tercera, segunda y cuarta semana de cada mes, dependiendo de la letra del apellido paterno.
Para las letras A-L, el registro será en la primera y tercera semana de cada mes, distribuyéndose los días de la siguiente manera:
– Lunes (A, B): 1 y 15 de junio; 6 y 20 de julio; 3 y 17 de agosto; 7 y 21 de septiembre; 5 y 19 de octubre; 2 y 9 de noviembre.
– Martes (C): 2 y 16 de junio; 7 y 21 de julio; 4 y 18 de agosto; 8 y 22 de septiembre; 6 y 20 de octubre; 3 y 10 de noviembre.
– Miércoles (D, E, F): 3 y 17 de junio; 8 y 22 de julio; 5 y 19 de agosto; 9 y 23 de septiembre; 7 y 21 de octubre; 4 y 11 de noviembre.
– Jueves (G): 4 y 18 de junio; 9 y 23 de julio; 6 y 20 de agosto; 10 y 24 de septiembre; 8 y 22 de octubre; 5 y 12 de noviembre.
– Viernes (H, I, J, K, L): 5 y 19 de junio; 10 y 24 de julio; 7 y 21 de agosto; 11 y 25 de septiembre; 9 y 23 de octubre; 6 y 13 de noviembre.
– Sábados para rezagados: 6 y 20 de junio; 11 y 25 de julio; 8 y 22 de agosto; 12 y 26 de septiembre; 10 y 24 de octubre; 7 y 14 de noviembre.
Para las letras M-Z, el registro será en la segunda y cuarta semana de cada mes:
– Lunes (M): 8 y 22 de junio; 13













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