La Suprema Corte define la autoría: solo personas físicas pueden registrar obras

La Suprema Corte define la autoría: solo personas físicas pueden registrar obras

Ciudad de México.– El Instituto Nacional del Derecho de Autor (INDAUTOR) informó que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha sentado un precedente jurídico relevante al determinar que únicamente las personas físicas pueden registrar obras bajo derechos de autor en México. Esta decisión responde a la creciente inquietud sobre la protección de

Ciudad de México.– El Instituto Nacional del Derecho de Autor (INDAUTOR) informó que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha sentado un precedente jurídico relevante al determinar que únicamente las personas físicas pueden registrar obras bajo derechos de autor en México. Esta decisión responde a la creciente inquietud sobre la protección de creaciones generadas por inteligencia artificial.

La resolución se dio a conocer tras el análisis del Amparo Directo 6/2025, en el que la Corte examinó el caso de la obra digital “Avatar Virtual”, desarrollada por medio de una plataforma de inteligencia artificial. El INDAUTOR había rechazado previamente el registro de esta obra, argumentando que no cumplía con los requisitos establecidos por la Ley Federal de Derechos de Autor, ya que no era producto de la creatividad humana.

En su fallo, la SCJN subrayó que el derecho de autor es un derecho humano inherente a las personas físicas, pues está vinculado de manera directa con la creatividad y la originalidad, cualidades exclusivamente humanas. Por tanto, las obras generadas de manera completamente autónoma por sistemas de inteligencia artificial carecen del elemento humano necesario para su protección legal.

Con esta determinación, la Suprema Corte reafirma el valor de la creatividad individual y la importancia de la propiedad intelectual como motor del desarrollo y la innovación empresarial. Asimismo, establece que las obras creadas exclusivamente por inteligencia artificial serán consideradas de dominio público, sin posibilidad de registro o protección bajo la ley vigente.

Expertos en la materia coinciden en que este fallo otorga certeza jurídica al sector creativo y protege los derechos de los autores, evitando una intervención estatal innecesaria y garantizando que la propiedad intelectual siga siendo un incentivo para la actividad productiva y empresarial del país.

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